Estos son los beneficios a que tiene derecho por haber votado.

Por haber votado en elecciones las legislativas o en alguna de las dos consultas interpartidistas que se llevaron acabo el pasado domingo, 11 de marzo, usted obtiene unos beneficios que le otorga el certificado electoral expedido por el jurado de votación, que van desde medio día de descanso compensatorio en la empresa donde labora o la rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte.

Estos son los beneficios expresados en la Ley 403 de 1997:

  • Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
  • Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
  • Según el Artículo 3º de la ley 403 de 1997 el ciudadano que ejerza su derecho al voto tendrá medio día de descanso compensatorio remunerado, que puede hacerse efectivo treinta (30) días después a la fecha de la elección.
  • Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.
  • Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.
  • Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
  • Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante y a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar.

Cabe resaltar, que el ciudadano que pierda su certificado electoral debe enviar una carta a la delegación departamental de la Registraduría que corresponda indicando el lugar y mesa de votación y la delegación le expedirá la certificación correspondiente.

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